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Reglamento Internacional para Prevenir Abordajes |
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Luces de navegación para buques con propulsión mecánica. (Regla 23)
Luces de buques con capacidad de maniobra restringida: Es cuando la navegación y maniobra del buque se encuentra restringida por su calado, tipo de tarea o desperfecto mecánico: 3 luces todo horizonte en línea vertical en el lugar más visible. La más elevada y la más baja de estas luces serán rojas, en cuanto a la luz central será de color blanco. Luces de buques sin gobierno con y sin arrancada. (Regla 27): Sin arrancada: 2 luces rojas todo horizonte en línea vertical en el lugar más visible (360º). De día exhibirá 2 bolas negras en línea vertical en el lugar más visible.
Con arrancada: 2 luces rojas todo horizonte más luces de navegación reglamentarias (luces de banda y luz de alcance). De día ídem anterior.
Luces y marcas de buques fondeados. (Regla 30): Buque mayor de 50 mts. de eslora: 2 luces blancas todo horizonte a proa y popa (360º). De día exhibirá 2 bolas negras en el lugar más visible. Buque menor de 50 mts. de eslora: 1 luz blanca todo horizonte a proa generalmente (360º). De día exhibirá 1 bola negra en el lugar más visible. Derechos de paso para embarcaciones propulsadas a vela y motor: Cuando se produzca un cruce entre una embarcación propulsada a vela y una embarcación propulsada a motor, tendrá prioridad de paso la propulsada a vela sobre la propulsada a motor por su capacidad restringida de maniobra.
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